Depósito de fianza de alquiler por comunidad autónoma

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Preguntas frecuentes sobre fianzas

Sí. Según la LAU (Ley 29/1994), el arrendador está obligado a depositar la fianza en el organismo competente de su comunidad autónoma. El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas.
La fianza legal obligatoria es de 1 mensualidad de renta para viviendas y 2 mensualidades para usos distintos de vivienda. Adicionalmente, el propietario puede pedir garantías adicionales de hasta 2 mensualidades.
En la mayoría de CCAA el plazo es de 30 días desde la firma del contrato. En Cataluña el plazo es de 60 días. Consulta la ficha de tu comunidad para el plazo exacto.
El propietario puede enfrentarse a sanciones administrativas que varían según la comunidad autónoma, pudiendo llegar a multas de entre 600€ y 6.000€.

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